DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana YRAIMA DEL CARMEN PEREZ VEGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad V.- 10.726.071.
Se designa como Tutor Interino a su hermana, ciudadana ELOINA DEL CARMEN PEREZ VEGA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.647.618, de conformidad con el artículo 398 del Código Civil.
Queda abierto a pruebas el presente procedimiento, el cual se seguirá tramitando por el Procedimiento Ordinario.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Guanare, a los once .....