Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS intentara el ciudadano ALEXIS GERARDO LEAL CORTEZ contra la ciudadana TATIANA DEL CARMEN NUÑEZ AZUAJE; y en consecuencia:
PRIMERO: Declara CON LUGAR LA DEMANDA incoada por ALEXIS GERARDO LEAL CORTEZ contra la ciudadana TATIANA DEL CARMEN NUÑEZ AZUAJE por cumplimiento de contrato por vencimiento del término y prórroga.
SEGUNDO: Sin lugar la pretensión de indemnización de daños y perjuicios.
TERCERO: Se condena a la demandada a entregar al actor, sin plazo alguno y libre de personas y bienes, el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, plenamente identificado en autos.
CUARTO: Por no haber resultado totalmente vencida ninguna de las partes, de .....