DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la nulidad parcial del fallo proferido por este Juzgador en fecha 04-08-2016, solamente en lo que respecta a los parámetros bajo los cuales fijó la celebración de la audiencia preliminar, por razones de orden publico de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, por remisión del artículo 11 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo, ordenándose la reposición de la causa al estado de celebrar la audiencia preliminar de conformidad con lo establecido en el auto de admisión de la presente demanda de fecha 04-07-2016. Así se establece.
SEGUNDO: Se ordena la celebración de la audiencia preliminar en .....