DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: PROCEDENTE EN DERECHO el desistimiento del procedimiento efectuado por la ciudadana ANNA MARÍA CARPENTIERI PEÑA, actuando en su propio nombre y en representación del ciudadano GIANCARLO CARPENTIERI PEÑA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la cédula de identidad Nos V-6.962.985 y V-12.357.154, respectivamente, parte actora en el juicio que por REALIZACIÓN DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS incoara en contra la ciudadana MARÍA GRAZIA CARPENTIERI PEÑA, todos identificados al inicio de este fallo, quedando por tanto HOMOLOGADO, en consecuencia, extinguida la instancia.