Por los fundamentos expuestos, este juzgado superior actuando en sede constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana GENOVEVA RIVERO, debidamente asistida por el abogado FREDDY RÍOS ACEVEDO, contra la sentencia dictada el 16 de junio de 2008 por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio inquilinario seguido por la sociedad mercantil INVERSIONES MUTILLA S.R.L. contra los ciudadanos GENOVEVA RIVERO y MARIO CALVINO, expediente Nº 25.789 de la nomenclatura del mencionado Tribunal Undécimo de Primera Instancia. A los fines de restablecer la situación jurídica infringida, se decreta la nulidad de la recurrida y se ordena al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judici.....