, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías a que se contrae la presente solicitud, a favor de los ciudadanos JOSE MANUEL BRACAMONTE ORTIZ y MARIA DE JESUS BRACAMONTE ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.472.124 y V-6.506.131. Así se decide.-