declara INADMISIBLE la pretensión de Desalojo, deducida por la ciudadana Gisella Miluska Jiménez Salcedo, actuando con el carácter de apoderada especial del ciudadano Roberto Gonzalo Márquez De Sousa, debidamente asistida por la abogada Rebeca Carolina Gil Rivera, en contra del ciudadano Jorge Castellanos Pérez, de conformidad con lo establecido en los artículos 166 y 341 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley de Abogados