V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición a la medida de amparo cautelar constitucional formulada por la representación judicial del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda y se RATIFICA EL AMPARO CONSTITUCIONAL CAUTELAR, decretado por este Tribunal mediante Sentencia Interlocutoria Nº 083/2025 de fecha 12 de agosto de 2025, y por ende la suspensión de efectos de la Resolución Acta Fiscal N° DAT-AF-DH-0001/2025 de fecha 15 de junio de 2025y notificada en fecha 16 de mayo de 2025, emanada de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda.
Esta sentencia admite apelación en un solo efecto de conformidad con lo establecido en el artículo 603 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena notificar al Síndico.....