En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa, por la abogada MIRIAN PAVAN VILLARROEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 54.131 y titular de la cedula de identidad 1.741.358 actuando en su carácter de apoderado Judicial de la empresa ATELLIER DE BELLEZA SHAMPOO C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 21 de noviembre de 2006, bajo el Nº 28, Tomo 1461 A, contra el acto administrativo de la providencia N° 0037-2009, de fecha 29 de Enero de 2009, emanado de la "INSPECTORIA DEL TRABAJO SUR "PEDRO ORTEGA DIAZ", decisión que ordeno el reenganche y pago de salarios caídos de la Ciudadana NEYLA ELIZABETH QUIROZ ALVAREZ, titular de la c.....