Por los razonamientos antes expuestos, esta Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES incoada por la ciudadana ANA ELIPER BLANCO PEÑUELA, titular de la cédula de identidad número V-9.688.701, en beneficio de su hija, ciudadana ELIPER RUSKA MARQUEZ BLANCO, titular de la cédula de identidad número V-20.514.223 (quien adquirió la mayoría de edad en el curso del proceso), contra CARMEN MARQUEZ ARZOLA, SERVIO TULIO MARQUEZ ARZOLA, OSCAR ARMANDO MARQUEZ ARZOLA, ARGELIA AURORA ARZOLA DE MÁRQUEZ, OSCAR ENRIQUE MARQUEZ BEAUMONT y MIGUEL ANGEL MARQUEZ ARZOLA, titulares de las cédulas de identidad números V-2.086.383, V-8.875.117, V-8.868.130, V-2.086.383, V-15.343.9.....