En fuerza de todos lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación de la parte demandada, contra la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 16 de noviembre de 2015, y por ende, sin lugar el recurso contra el referido fallo, el cual queda confirmado respecto a lo acordado a las actoras. SEGUNDO: Parcialmente con lugar el recurso de la parte actora, contra el mismo fallo, el cual queda modificado en los términos de esta decisión. TERCERO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por, XIOMARA VILLACINDA CAÑIZALEZ, AUREVIS RODRIGUEZ y MARY LOZADA, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: 13.479.990, 13,717596 y 19.242.312,.....