Revisadas como han sido las actas procesales, se evidencia diligencia presentada por las partes: por la parte Actora ciudadana INGRID LEDEZMA TAVERA, cédula de identidad NºV-6.285.864, asistida por el abogado JOSÉ VICENTE HARO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº55.935, acreditación que consta en autos (de cuyo instrumento poder se evidencia la facultad expresa para recibir cantidades de dinero); y por la parte Demandada TOSTADAS LAS ACACIAS C.A., a través de la ciudadana Lisbeth Gómez, cédula de identidad NºV-18.033.464, asistida por el abogado CARMINE SANTI ENGLIELMO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº37.590; mediante la cual dan cumplimiento a lo decidido mediante sentencia definitivamente firme.-
En este orden de consideraciones, la representación judicial de la parte demandada TOSTADAS LAS ACACIAS C.A., da cumplimiento a lo condenado, a cuyos efectos entrega la cantidad de BOLÍVARES VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs.21.399,17), median.....