DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos que anteceden, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en Función del Juicio del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA, al ciudadano ANGEL DAVID PAREDES GARCÍA, Venezolano, natural de Caracas, donde nació en fecha 04-07-87, de 19 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio estudiante en el Liceo Jerusalén, ubicado en Padre Sierra a Muñoz, Edificio Disconti, piso 1, Parroquia Catedral, residenciado en la Avenida Morán, parte alta, Sector Los Malavares, casa 43, teléfono: 0412-619-67-26, y Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.444.298, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano HERNANDEZ GRIMALDO MAURO JOSE.
Así mismo, queda CONDENADO.....