Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTERPUESTA por la ciudadana YANITZIS VANDERLINE CONTRERAS RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 15.370.643. En consecuencia, se admite: Primero: Que la Trabajadora ingresó a trabajar en fecha 03 de enero de 2010, a la empresa COOPERATIVA ODONTOLOGOS INTEGRALES; Segundo: Que desempeñaba el cargo de ODONTOLOGO Tercero: Que devengaba un salario Mensual de Bolívares CUATRO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 4.000,00), Cuarto: Que laboraba en un horario de trabajo de 8:00 A.M. a 1:00 P.M. Quinto: Que en fecha 02 de febrero de 2.010., el ciudadano CAMILO MANDUCA, en su carácter de DIRECTOR, procedió a comunicarle que estaba despedida, sin haber incurrido en fal.....