En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los abogados Antonio Bello Lozano Márquez y Sandra Tirado Chacón, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.N.P.R.E.S.) bajo las matrículas Nros. 16.957 y 127.767, respectivamente, contra la Resolución identificada con las letras y números R-LG-10-00169, de fecha 26 de noviembre de 2010, dictada por la Dirección de Ingeniería Municipal a través de la cual se declaró Sin Lugar, el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución signada R-L6-09-00190 del 6 de noviembre de 2009, que declaró la ilegalidad de la construcción de dos (2) azoteas, el cambio de ubicación de acceso a la oficina y la construcción de dos (2) baños; multó por la cantidad de Bs. 105.570,00 y ordenó la de.....