Vista la transacción presentada en fecha 29 de febrero 2012, por el abogado JOSE PRIETO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 92.729, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano HENRIQUE JOSE HERNANDEZ CEDEÑO, por una parte y por la otra, el abogado HUMBERTO JOSE ANTOLINEZ VARGAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 102.268, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, INVERSIONES SELVA, C.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo por la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.35.150,00) correspondiente al ciudadano HENRIQUE JOSE HERNANDEZ CEDEÑO, cantidad esta que pagó LA EMPRESA al trabajador identificado anteriormente, a la suscripción del presente escrito transaccional, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.