DISPOSITIVA
Ahora bien, por las razones de hecho y derecho expuestas este JUZGADO DÉCIMO NOVENO (19°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN en la demanda por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoada por el ciudadano ARTURO LUIS ANGEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro°. V.- 9.159.599, contra la entidad de trabajo CENTRAL MADEIRENSE, C.A.
Publíquese y Regístrese, Déjese copia certificada. Se ordena la publicación en la Pagina del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Se deja constancia que una vez vencido el lapso de cinco (5) días hábiles al de hoy, sin que la parte ejerza los recursos pertinentes,.....