TERCERO
DISPOSITIVA
Este Juzgado Octavo en funciones de Control, administrando justicia y por autoridad que le confiere la ley, por remisión expresa de los artículos 90 y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y EL SOBRESIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el articulo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; en la presente causa seguida adolescente (Identidad Omitida). Acogiéndose en todas y cada una de sus partes el escrito de Solicitud de Sobreseimiento Definitivo incoado por la Defensa Pública.
Regístrese, publíquese, anótese en el libro diario y déjese copia de esta decisión.
Dado, firmado y sellado en el recinto de este Tribunal, a los Doce (12) días del mes de Abril de 2007. Años: 196° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL JUEZ,
Dr. JOSE .....