En razón de todos los argumentos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EN DERECHO la pretensión de cumplimiento de contrato contenida en la demanda incoada por la ciudadana Rosario Garcés Plaza de Parras contra el ciudadano Rolando Barrios García, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo; y en consecuencia, se condena a la parte demandada a entregar a la parte accionante el siguiente inmueble: apartamento distinguido con el N° H-11, ubicado en el piso 11, Torre Norte del Edificio Fondo Común, situado en la Avenida Urdaneta, Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.