Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la medida cautelar nominada de suspensión de efectos, prevista en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, solicitada por la accionante ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS. En consecuencia, se suspende la ejecución de los créditos fiscales reflejados en las facturas emitidas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), supra identificadas