"...este JUEZ UNIPERSONAL N° VI DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente asunto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia se declara la extinción del presente asunto y se ordena la suspensión de la medida de prohibición en enajenar y gravar sobre un inmueble constituído por un apartamento distinguido con el Nro. 6-A, ubicado en el piso 6 del edificio Residencias Riviera, situado en la Avenida 5 de julio Nro. 23 de la ciudad de Puerto La Cruz, Distritito Sotillo del Estado Miranda,.la cual fue decretada en fecha 28/03/1995, por el antiguo Juzgado Sexto de Primera Instancia de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana.....