Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la solicitud de CALIFICACION DE DESPIDO REENGACHE Y PAGOS DE SALARIOS CAIDOS intentada por el ciudadano ALEXANDER RAFAEL PADRON RUIZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.503.400., contra la sociedad mercantil PDS INDUSTRIAS Y COMERCIO S.A. inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el Nro. 16, Tomo 161-3 A de fecha 17 de julio de 2007.
No hay condenatoria en costa de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo