En mérito de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, conforme al artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano HUMBERTO LA ROSA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.239, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA ANGELINA DEL VALLE VELÁSQUEZ CAMACHO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.423.544, en contra de la Dra. ENOÉ CARRILLO CASTELLANOS, Jueza del Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, en el .....