Se Homologó el Convenimiento de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la abogada, LORENA RIERA, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes N° 069, adscrita a la Defensoria N° 03, ubicada en el Centro Comercial Propatria, parroquia Sucre del Municipio Libertador; a petición de los ciudadanos, WILMER ARGENIS MONTES MEDINA y NEYDA YULEIVI MORA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad V-10.119.931 y V-13.563.684, respectivamente;