En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Primero (21º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, declara la PERENCIÓN de la Instancia, todo ello con motivo de la Oferta Real de Pago presentada por la Sociedad Mercantil denominada PREMEZCLADO VENE-ARAGUA, C.A., a favor del ciudadano JOSE ACOSTA.