Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano RAMÓN RAFAEL GONZALEZ CUMANA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-3.760.868.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos el diecinueve (19) de abril de 1969, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Bermúdez del Estado Sucre, consignando a tales efectos copia certificada del acta Nº 51, del año 1964.