DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA PRIMERA ESPECIAL ACCIDENTAL DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS PARA CONOCER DE CAUSAS POR DELITOS VINCULADOS CON EL TERRORISMO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en los artículos 437 y 450 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ABG. AURA BARTOLOMEO DÍAZ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano RAÚL JOSÉ DÍAZ PEÑA, en contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Tercero (23º) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, de fecha 29 de Marzo del año que discurre.