Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite, en la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano MOISÉS AMADO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil LA CASA DEL MUEBLE THONET S.R.L, contra los efectos dañosos emanados de los autos de fecha 16 de diciembre de 2003 dictados por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de resolución de contrato de arrendamiento seguido por el ciudadano OSCAR RENÉ MEJÍAS TORRES contra la sociedad mercantil LA CASA DEL MUEBLE THONET S.R.L.
Se impone a la parte accionante una multa de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,°°) de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constituci.....