Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la presente ACCIÓN REIVINDICATORIA instaurada por la ciudadana GLADYS EMILIA MARTINEZ contra AILEN MARTIN, todos plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión.
No hay condenatoria en costas.