DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal, revisados los términos bajo los cuales las partes suscribieron el denominado "acuerdo transaccional", en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: se Abstiene de Homologar el acuerdo denominado Transacción, suscrito entre la empresa Oferente, la sociedad mercantil, "NOVARTIS de VENEZUELA, C.A" antes identificada y la ciudadana Oferida, XIOMARA GUERRERO, ya identificada; en el presente procedimiento de Oferta Real de Pago. Segundo. Se deja expresa constancia, a todos los fines legales pertinentes, del pago efectuado por la sociedad mercantil, "NOVARTIS de VENEZUELA, C.A.", en favor de la ciudadana, Siomara Guerrero, ya identificada, quien estando debidamente asistida o representado de abogado aceptó y recibió la suma de Bolívares Quinientos catorce Mil Seiscientos Ochenta y Tres con sesenta y nueve céntimos (Bs. 51.....