De conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos MARISOL DEL VALLE MARQUEZ DE GUILARTE, JOSÉ RAMÓN MARQUEZ MARCANO y YUDITH MARGARITA MARQUEZ MARCANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.499.515, V-6.117.106 y V-7.998.500 respectivamente causahabientes del De-Cujus JOSÉ DEL VALLE MARQUEZ MARCANO, quien en vida fue venezolano y titular de la cédula de identidad Nº V-2.403.371, fallecido Ab-intestato en fecha 09 de diciembre del 2017, en la Parroquia Puerto La Cruz del Municipio Sotillo, estado Anzoategui.