Ahora bien, cumplidos como han sido los demás tramites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de auto interpuesto el 24 de abril de 2019, por las ciudadanas Nayleth J., Romero Blohm y Martha L., Torres Martínez, inscritas en el Inpreabogado Nº 57.747 y 30.988 respectivamente, en su carácter de Defensoras Privadas de los ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de: a) Para el imputado JOSÉ ALBERTO CEDEÑO RODRÍGUEZ, V- 27.936.395, FEMICIDIO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 58, numeral 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; SUMINSITRO DE SUSTANCIAS NOCIVAS, previsto y sancionado en el artículo 263 de la Ley Orgánica para .....