En el día hábil de hoy doce de julio de dos mil seis, siendo las 10:36 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En ente estado se deja constancia de la compareció de la parte demandada representada por su Apoderada AYLEEN MERCEDES GUEDEZ GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 98.945, quien consigna en este acto copia simple de instrumento poder del cual se tuvo el original a efectu videndi, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.