Por las razones precedentes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acepta el Decreto del ARCHIVO FISCAL, presentado por la DRA. ALICIA MONRROY CARMONA, en su condición del Fiscal Novena del Ministerio Público, de la causa seguida al ciudadano RUBEN DARÍO VERA PATIÑO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº V-15.574.739, nacido el 19.01.83, de 24 años de edad, de estado civil soltero, hijo de María del Carmen Patiño (v) y Ángel Darío Vera (v), residenciado en Segunda fila de la Bandera Los Rosales casa Nº 10, teléfono 0212-631.54.10 y 0412-746.38.58, procediendo a decretar el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR impuesta en fecha 05.06.06, establecidas en los numerales 3 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, esto conforme .....