Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 3 de mayo de 2013 por la abogada BEATRIZ ROJAS en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de abril de 2013. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia apelada. TERCERO: CON LUGAR la demanda que por cobro de beneficio de jubilación incoara la ciudadana MIRIAM DEL VALLE MORILLO RODRIGUEZ en contra de la sociedad mercantil C.A. ÚLTIMAS NOTICIAS. CUARTO: Se declara a favor de la parte actora el beneficio de jubilación y se orde.....