Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal, revisados los términos bajo los cuales las partes suscribieron el denominado "acuerdo transaccional", en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: se Abstiene de Homologar el acuerdo denominado Transacción, suscrito entre la empresa Oferente, la sociedad mercantil, "MULTISERVICIOS FRANVIR, C.A.." antes identificada y el ciudadano, Oferido, Osanio López, ya identificado; en el presente procedimiento de Oferta Real de Pago. Segundo. Se deja expresa constancia, a todos los fines legales pertinentes, del pago efectuado por la sociedad mercantil; MULTISERVICIOS FRANVIR, C.A."; en favor del ciudadano, Osanio López, ya identificado, quien estando debidamente asistido de abogado, aceptó y recibió la suma de Bolívares quince mil quinientos noventa y nueve con setenta y ocho céntimos (Bs.15.599,78 ) mediante cheque número: 49145376, de fec.....