En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho arriba expuestas, este Tribunal Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PAGO realizado por la sociedad mercantil FUENTE DE SODA, BAR Y RESTAURANT LA SALAMANDRA, S.R.L. al ciudadano JESÚS ANTONIO PERNÍA MORA en los mismos términos y condiciones establecidos. Se ordena la expedición de la copia certificada de la transacción y de la presente decisión. Finalmente, se deja constancia que una vez transcurrido el lapso de cinco (05) días hábiles contados a partir de la presente fecha exclusive para ejercer los recursos de ley contra la presente decisión, se dará por terminado el juicio y se ordenará el cierre informático del expediente. En Caracas, a los doce (12) días del mes de agosto de dos mil once (2011).
La Juez,
Abg. Carmen Leticia .....