, este Juzgado se declara incompetente por la materia para seguir conociendo de la presente ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, interpuesta por la ciudadana CARMEN ROSA HERNANDEZ TORREALBA contra la ciudadana SANTA RAMONA VILLEGAS VERGARA y declina su competencia en los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ordena remitir el expediente completo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, para que la Sala a la cual corresponda, se pronuncie sobre la admisión de la causa. Líbrese oficio.
Publíquese y déjese copia certificada de esta decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada a los doce (12) días del mes de agosto de dos mil trece (2013), en la Sal.....