Se dictó sentencia Definitiva mediante el cual se declaró Improcedente la Acción de Amparo Constitucional instaurada por la la Ciudadana TATIANA DEL VALLE RODRIGUEZ, parte presuntamente agraviada contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL BLOQUE 7 DEL EDIFICIO MAPORAL, por actuaciones y vías de hecho atribuidas a éste; No Se hace especial condenatoria en costas en razón de no apreciar temeridad en la Acción de Amparo Constitucional, con fundamento en el Artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.