En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por el ciudadano JOHAMNERS ALFREDO NUÑEZ DAVILA, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.337.970, asistido judicialmente por el abogado YOVANI NUÑEZ BRACHO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.867, contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución Administrativa Nº 007, de fecha 30 de Junio de 2005, emanada de la JUNTA ADMINISTRADORA DE LA PROCURADURIA AGRARIA NACIONAL adscrita al MINISTERIO DE AGRICULTURA Y TIERRAS, en la cual se decidió remover y retirar del cargo que venía desempeñando el querellante como Procurador Agrario Auxiliar, adscrito a la Procuraduría Agraria Nacional.