En consecuencia, este Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer Acción de Nulidad interpuesta por la ciudadana MINA JOHANA QUIROGA CAÑAS, a través de su apoderado judicial, abogado HUMBERTO JOSE BECERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo e Nº 129.877, contra el acto administrativo sancionatorio S/N de fecha once (11) de abril de 2012, emitido por la Consultoría Jurídica de la FUNDACION MISION HABITAT, ente descentralizado funcionalmente de la Administración Pública, creado según Acta Constitutiva debidamente protocolizada en fecha 28 de marzo de 2006 ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el Nº 44, Tomo 22, Protocolo Primero, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuel.....