este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202 ° y 153°.
  
 La  Juez
Luisa Andreina Rosales Zambrano
La  Secretaria
	    Adriana Bigott
Apoderados judiciales de la parte demandada
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
La  Secretaria
	        Adriana Bigott