DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a imponerle una multa de VEINTE UNIDADES TRIBUTARIAS, las cuales deberán ser canceladas en el término de TRES (3) DIAS, contados a partir de la notificación del presente fallo, por ante las oficinas del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (SENIAT), siendo que posteriormente deberá consignar por ante este Despacho Judicial el respectivo recibo en original, so pena de ser sancionado conforme a la ley, por considerar este Tribunal Colegiado que la RECUSACION interpuesta es declarada TEMERARIA por estimar que el abogado JOSE LUIS LA CRUZ SMITH, actuó de manera contraria a los principios que rigen la ética profesional en el ejercicio del litigio
Regístrese, publíquese, diarícese la presente decisión .....