esta Sala de Juicio No 01 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MARIBEL JOSEFINA COROMOTO REQUENA PINTO y JOSE MARIA SANCHEZ RAMOS venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.324.311 y V-6.218.031 respectivamente, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentado en el Libro de Registro Civil Matrimonios bajo el acta No 28, folio 28, del año 1993.-.
En cuanto a sus hijos, los niños ANDREA DANIELA SANCHEZ REQUENA y DANIEL JOSE SANCHEZ REQUENA de ocho (8) y seis (6) años de edad respectivamente, las p.....