este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción presentada en la presente Oferta Real de Pagos, que hiciere la empresa AON RISK SERVICES VENEZUELA, Corretaje de Seguros C.A, a favor del ciudadano RODOLFO AZCURRA, ambas partes identificadas en autos, dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. Así se establece.-
La Juez
El Secretario
Abg. Leticia Morales Velásquez
Abg. Héctor Rodríguez