-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ISABEL JOSEFINA LÓPEZ DE GUTIÉRREZ y ANTONIO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.154.090 y V-13.253.459 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 20 de mayo de 1985, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 08, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autor.....