Por las motivaciones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Tercero (3°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto por la abogada: HADILLI GOZZAONI SIFONTES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 121.230, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, contra el auto de fecha 04 de diciembre de 2024, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA, los autos dictados en fecha 04 y 05 de diciembre de 2024 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SE ORDENA al Tribunal Tercero de Prim.....