DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano ALBERTO JOSE PEÑA TORRES, actuando en su condición de apoderado judicial de parte demandada, en contra de la decisión de fecha seis (06) de octubre de 2006 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo, en la demanda incoada por la ciudadana MARIA PERNALETTE DE GIL contra la ASOCIACION CIVIL PRESCOLAR ISAIAS MEDINA ANGARITA, en forma personal a los ciudadanos ANGELA CARLOTA GOMIS AÑEZ, OMAR ISTURIZ FARIAS y OMAIRA JOSEFINA PACHECO.