Fue practicada medida de Embargo Ejecutivo sobre los derechos de propiedad que pudiera tener la Sociedad de Comercio Banco Venezuela S.A.C.A. Banco Universal., sobre los inmuebles señalados por la parte actora, hasta cubrir la proporción establecida en el porcentaje de los gastos comunes asignados en el Documento de Condominio que los rige. Los inmuebles se pusieron en posesión del abogado JOAQUIN DIAZ CAÑABATE, en representación del Banco Venezuela S.A.C.A. Banco Universal., tal como fue acordado entre las partes. Así mismo la parte actora solicito al Tribunal fijar nueva oportunidad a los fines de la continuación de la práctica de la presente medida. El Tribunal fijó el día 21 de Febrero de 2007, a las 9:00 AM, para la continuación de la práctica de la medida.