en cuenta que el acuerdo referido cumple con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, así como los artículos 9, y 10 de su Reglamento, y que no se vulneran derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden publico le imparte la debida HOMOLOGACIÖN dándole fuerza de cosa juzgada, y finalmente, se dá por terminada la causa y ordena su archivo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman: